TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 140/87 -------------------------------- ARTICULO 1.- Fíjase en Australes Doscientos ochenta (A 280.-) la remuneración ------------ básica mínima para los agentes municipales mayores de dieciocho años que cumplan el horario completo normal de la Administración Municipal, a partir del 1º de Octubre de 1987.----------------------------------------------- ARTICULO 2.- Fíjase en Australes Trescientos cincuenta (A 350.-) el salario mí- ------------ nimo garantizado para el personal mencionado en el Artículo 1º, a partir del 10 de Octubre de 1987.----------------------------------------------- ARTICULO 3.- Establécese en aquellos casos en que la suma del sueldo básico y ------------ las bonificaciones percibidas, excluido el refrigerio, no alcancen dicho importe, la diferencia se liquidar como complemento remunerativo sujeto a descuentos previsionales y asistenciales correspondientes.---------------------- ARTICULO 4.- Otórgase al personal municipal y del Organismo Descentralizado Hos------------- pital Municipal Subzonal "Dr. Felipe A.- Fossati", a partir del 1º de Septiembre de 1987 una Bonificación Especial Mensual de Australes Cincuenta (A 50). Se exceptúa de este beneficio a los profesionales comprendidos en el ré-gimen de Carrera Médico Hospitalaria.------------------------------------------- ARTICULO 5.- Otórgase al personal municipal y del Organismo Descentralizado Hos------------- pital Municipal Subzonal "Dr. Felipe A. Fossati", a partir del 1º de Octubre de 1987, una Bonificación Especial Mensual de Australes Cincuenta (A 50). Se exceptúa de este beneficio a los profesionales comprendidos en el régi-men de Carrera Medico Hospitalaria.--------------------------------------------- ARTICULO 6.- Las bonificaciones establecidas en los Artículos 4º y 5º serán con------------- sideradas a cuenta de los salarios y retribuciones en los casos de los agentes alcanzados por lo dispuesto en el Artículo 1º y 2º.----------------- ARTICULO 7.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a ampliar las partidas presu- ------------ puestarias correspondientes, pudiendo utilizar como medio de finan-ciación economías de cualquier partida del Presupuesto General de Gastos, excep-to las financiadas con recursos afectados.-------------------------------------- ARTICULO 8.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordina-ria, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--------